Sin duda, el manejo y transporte de mercancías siempre incluye riesgos. Una vez que la carga sale por la puerta de su almacén, fábrica o centro de distribución propio, queda expuesta a muchas circunstancias difícilmente previsibles. Pueden ocurrir accidentes, contratiempos, falta de mercancía, errores técnicos o humanos… y esto puede suponer una pérdida del valor de los productos, responsabilidades, perjuicios, reposiciones…

Para ello se suscriben pólizas de seguro con mayor o menor cobertura, que definen las responsabilidades, preven quién afronta cargos y compensación de valores… pero esto, lógicamente, puede incrementar el coste del transporte. Por tanto, ¿es aconsejable contratar un seguro para mis mercancías?¿qué opciones me ofrece la compañía transitaria?

Como responsable de su compañía o de la operación, la decisión última es suya, puesto que depende de muchos factores: valor de la mercancía, circunstancias del transporte, riesgos calculados o previstos… pero para facilitar y mejorar el proceso en la cadena de suministro se establecen unas normas y convenciones a nivel internacional que se recogen en los contratos de transporte y sus condiciones a la hora de solicitar los servicios. Por ejemplo, las normas del ICC (Institute Cargo Clauses)

Lo primero, por tanto debería ser revisar las condiciones de transporte planteadas y establecerlas claramente con la compañía o compañías que lleven a cabo los portes.

Para ayudarnos con ello, tenemos también los Incoterms, o International commerce terms, que establecen las condiciones del transporte y en qué momento corresponde la responsabilidad a cada uno de los agentes que intervienen en la cadena de suministro y transporte.

Si todas estas condiciones satisfacen las necesidades del envío de su carga y el coste es adecuado se realizará el transporte en base a ellas y se responderá a los problemas que pudieran aparecer como estuviera reflejado en dichos contratos.

En los supuestos que no es obligatorio, el riesgo se asume por la parte que corresponda, pero para ello es conveniente saber a qué tipo de problemas podemos enfrentarnos. Los más habituales suelen ser:

  • Siniestros.Los accidentes son imprevisibles en la mayor parte de casos, en este sentido las circunstancias de dicho siniestro y la determinación de los peritos fijarán responsabilidaes según la póliza suscrita y las mercancías y cantidades en ella declarada. La mercancía se puede perder totalmente o en parte, y la responsabilidad del accidente puede ser determinada por una u otra parte.
  • Problemas con la mercancía, que puede ser de distintos tipos:Que esté defectuosa, sea inadecuada o no corresponda en cuyo caso el error y responsabilidad puede estar en pasos previos al transporte, pero el servicio de transporte se lleva a cabo de igual manera.Puede ocurrir también que haya falta de mercancía, que esté deteriorada o que se retrase; casos en los que sí puede estar involucrado el proceso de transporte.

O bien que sea rechazada por el cliente o destinatario, en cuyo caso habría que revisar también, si procede, el contrato de         compra-venta.

Sabiendo esto, cuando el valor de la carga o importancia de la operación hace que los riesgos sean altos o el coste de asegurar esté dentro de lo asumible, es muy conveniente suscribir una póliza que dé mayor protección y tranquilidad a la operación. De esta manera, los posibles problemas y contratiempos quedaran solucionados y las complicaciones posteriores serán mínimas, dando confianza, idea de eficacia y buena imagen al exterior.

INTERTRANSIT ofrece dos modalidades generales de seguro:

-El Seguro Obligatorio en función del contrato de transporte, que se rige por convenios nacionales e internacionales específicos como LOTT, CMR, La Haya-Visby, Convenio de Varsovia… etc para amparar la mercancía transportada.

-Y un seguro especial “todo riesgo” o “All risk con el que se da cobertura total al valor de la mercancía pudiendo añadir un 10% más de manera opcional para cubrir gastos de transporte, trámites aduaneros, etc. Un seguro completo con un límite de 700.000 € por expedición y unidad de transporte (barco, camión, avión) que puede ser ampliado hasta un máximo de 2.000.000€ y que es “puerta a puerta”.

Además, INTERTRANSIT ofrece opciones añadidas para condiciones especiales como mercancías sensibles, ADR, objetos de valor, efectos personales, obras de arte, mercancía usada, devoluciones, productos perecederos… Los agentes especializados le atenderán y estudiarán sus necesidades dándole consejo y asesoramiento sobre las opciones más ventajosas para sus circunstancias.

Puede contactar con ellos a través de los formularios de contacto, el mail intertransit@intertransit.com o el teléfono +34 93 268 88 62.