ATENCIÓN, a partir de enero de 2020 esta información será actualizada. Más información aqui.

Si comienza la internacionalización de su empresa y cree que las ventas fuera de nuestro país son un gran potencial, o bien si está pensando en importar mercancías para hacer negocio aquí, llegará un momento en el que tenga que planear el envío y transporte de los productos y mercancías.

Para estandarizar y aclarar el proceso y la negociación, sobre todo cuando son países con leyes muy diferentes, la Cámara de Comercio Internacional (ICC) propone una definición de cada posible acuerdo y éstas definiciones es lo que se conoce comúnmente como INCOTERMS. Los INCOTERMS, por tanto, establecen cuál de los dos operadores (comprador – vendedor) asume el coste en cada tramo del transporte, hasta dónde y cuándo se establece la transmisión de la responsabilidad sobre la mercancía.

En esta tabla puede ver cada uno de ellos y las condiciones que implican.